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Poner el aire acondicionado en la fachada es un quebradero de cabeza

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Poner el aire acondicionado en la fachada es un quebradero de cabeza

Podemos pensar que los problemas urbanísticos afectan solo a las grandes promotoras, pero es importante conocer que no todo lo que queramos hacer en nuestra vivienda está permitido y que cualquier obra que hacemos en ella, aunque sea un cambio de ventanas o tabiques, está sujeta a intervención municipal. Si no pedimos autorización o nuestra obra no cumple la legalidad, nos pueden sancionar. También la comunidad de vecinos tiene mucho que decir sobre este tema de obras en casa. Las dudas más frecuentes de las familias españolas son las que guardan relación con las obras de cerramiento de terrazas y la instalación de aires acondicionados en fachada.

Si cerramos una terraza, integrando ese espacio en nuestra vivienda, le estamos añadiendo metros, lo que no siempre es posible de acuerdo a nuestra legislación urbanística, y además estamos modificando la estética del edificio. Para hacerlo necesitamos autorización del ayuntamiento. Dependiendo del caso, el ayuntamiento dará el visto bueno o no a las condiciones técnicas, estética y legales concediendo o no la licencia administrativa. Si hacemos nuestra obra sin la correspondiente licencia, nos exponemos a que se inicie un expediente sancionador ya sea de oficio por el propio ayuntamiento o por denuncia de la comunidad o un vecino. Además de la sanción nos pueden requerir que retiremos la instalación y repongamos la vivienda al estado inicial.

En cuanto a la instalación de aparatos de aire acondicionado en la fachada, lo primero que habría que hacer es consultar si los Estatutos de la Comunidad establecen algo al respecto. Si no dicen nada, la Jurisprudencia ha ido evolucionando en el sentido de disminuir la mayoría necesaria que ha pasado de la unanimidad a la mayoría de propietarios, siempre y cuando no se vaya a perforar la fachada, ni a alterar la estética, ni se vaya a perjudicar a nadie. Aunque hay Jurisprudencia que entiende que ni siquiera sería necesaria esa mayoría ya que hay que estar a la realidad social y el propietario tiene derecho a mantener en su vivienda las mejores condiciones de habitabilidad posible. Consulta con unos profesionales en la instalación de aire acondicionado.

Por otro lado, además del permiso de la Comunidad de Propietarios, necesitamos verificar las Ordenanzas de nuestro Ayuntamiento y los Planes Generales de Ordenación donde se suele haber disposiciones concretas como la distancia que debe guardar la instalación con las ventanas vecinas o cuantos centímetros pueden sobresalir del plano de la fachada. También pueden existir prohibiciones de funcionamiento en horas nocturnas, para evitar molestias con sus ruidos y vibraciones.